La Enseñanza Bíblica sobre el Incesto
P.
Se ha hecho la acusación de que la Biblia se contradice en el hecho que autoriza el incesto (los hijos de Adán y Eva deben haberse casado entre ellos) aunque, las Escrituras condenan tales relaciones en Levítico 18:6-18. Y ¿da Pablo permiso a un padre para que se case con su propia hija en 1 Corintios 7:36-38?
R.
En la época temprana de la historia de la Tierra, cuando se le dio a la primera familia humana la responsabilidad de multiplicarse y llenar la Tierra (Génesis 1:28), y cuando la humanidad obviamente fue mucho más fuerte físicamente de lo que es ahora (cf. Génesis 5:3 et.seq.), es claro que los matrimonios entre parientes cercanos no eran inusuales. Abraham y Sara eran medios-hermanos (Génesis 20:12). [NOTA: El vigor físico de los patriarcas es atestiguado por el hecho de que el Rey Abimelec quería a Sara para su harem—¡esta mujer hermosa de noventa años! (Génesis 20:2; 17:17)]. Además, Isaac y Rebeca eran primos segundos (Génesis 22:20 et.seq.; 24:4), y Jacob se casó con las hijas de Labán, el hermano de su madre (Génesis 27:43). Por ende, él se casó con sus primas. Sin embargo, observe que incluso en los tiempos patriarcales tales actos incestuosos como el realizado por Lot y sus hijas eran fuertemente condenados (Génesis 19:30 et.seq.).
Aunque, debe de enfatizarse que la ley mosaica que prohibía los matrimonios entre familia llegó siglos más tarde. ¡Y nadie es responsable de una ley promulgada siglos después de su muerte! La Constitución norteamericana también prohíbe la aprobación de la legislación ex post facto.
Muchos eruditos creen que la ley mosaica fue promulgada: (a) para separar a Israel de las prácticas inmorales de los egipcios y cananeos—las relaciones incestuosas e inmorales entre esta gente eran conocidas; y (b) como una medida de salud física/mental para la familia humana cada vez más débil.
No, Pablo no estuvo permitiendo un matrimonio entre padre e hija en 1 Corintios 7. Él estuvo abordando la relación del matrimonio en un periodo de persecución inminente (vea 7:26 et.seq.), y en una época cuando, de acuerdo a prácticas judías y griegas, el arreglo matrimonial de las hijas estaba en manos del padre. El versículo 38 revela que el apóstol estuvo lidiando con la conveniencia de un padre de “dar” a su hija en casamiento. Por consiguiente, nosotros podemos parafrasear los versículos 36-37 como sigue.
Pero si alguno [padre] piensa que es impropio [al negar el permiso de casarse] para su hija virgen que pase ya de edad [madurez marital], y es necesario que así sea [su felicidad está en peligro], haga lo que quiera [concédale permiso para casarse a pesar del consejo apostólico a permanecer soltera], no peca [al permitirle que se case]; que se case. Pero el que está firme en su corazón, sin tener necesidad, sino que es dueño de su propia voluntad, y ha resuelto en su corazón guardar [mantenerla en condición de soltera] a su hija virgen, bien hace [es su privilegio el hacerlo de esta manera y tal decisión puede asegurar una felicidad mayor para su hija en vista del peligro amenazador de la persecución—cf. vs. 40].
Por ende Pablo no autoriza un matrimonio interfamiliar. En nuestra sociedad, los matrimonios entre familiares cercanos no solamente son ilegales (note la responsabilidad cristiana hacia la ley—Romanos 13:1 et.seq.), sino pueden ser muy peligrosos genéticamente.
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